Ludoviko Eduardo Aldunate Herman, oficial en retiro del Ejército, fue condenado a 14 años de cárcel por ejecutar a Samuel Alfonso Catalán Lincoleo en Lautaro. El crimen de lesa humanidad fue cometido durante la dictadura.
29 años tenía la víctima, un empleado de la Corporación de Reforma Agraria, cuando en la madrugada del 27 de agosto de 1974 fue detenido en su casa en dicha comuna, donde también fueron aprehendidos ilegalmente dos hombres, uno que era su primo y otro que trabajaba para su familia.
El caso fue investigado por el ministro en visita extraordinaria para causas de derechos humanos Álvaro Mesa, quien estableció que la patrulla que practicó esa detención integraba el Regimiento La Concepción de Lautaro, que en la época recorría la zona para capturar a militantes o simpatizantes de las ideas de izquierda, a quienes consideraban terroristas.
Los cercanos a Samuel Catalán Lincoleo fueron liberados, pero de la víctima nunca más se supo. En las indagatorias fue clave la declaración de un testigo, quien se desempeñaba como enfermero de ese regimiento y declaró haber visto la ejecución de un hombre, luego de que fuera requerido para integrar una patrulla.
El testimonio del profesional, ya fallecido, describió que al llegar al sector de la piscicultura vio a un detenido, al que tenían arrodillado y por sus facciones concluyó que tenía ascendencia mapuche. Luego de eso, el enfermero relató que le cubrieron el rostro con una prenda negra y el teniente Ludovico Eduardo Aldunate Herman le disparó directamente en la cabeza con un fusil SIG.
Toda esta información -consta en la indagatoria- fue comentada por conscriptos que identificaban a la víctima con el apellido Catalán, el que, decían, estaba vinculado al Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR). Además, en la época era de conocimiento público la desaparición de la víctima, en un antecedente que también se halló en los expedientes del Museo de la Memoria y los Derechos Humanos.
Con estas pruebas es que el ministro condenó a Aldunate Herman a 14 años de presidio efectivo, como autor del delito de homicidio calificado en carácter de lesa humanidad. Asimismo, sentenció a tres años de cárcel a Jorge Eusebio Barriga Soto y Sergio Fernando Alcayaga Barraza, quienes integraban la patrulla que practicó la detención ilegal.
Sumado a esto, en el ámbito civil se condenó al fisco a pagar la suma de $690 millones a los familiares de la víctima, por concepto de daño moral.