La Corte de Apelaciones de Temuco rechazó recursos de Gendarmería y la Fiscalía, dando por confirmada la resolución que absolvió a 17 comuneros, que habían sido acusados de secuestrar a gendarmes en la cárcel de Angol.
Se trata de un fallo que viene a ratificar lo establecido en enero por el Tribunal de Juicio Oral de Angol, el que concluyó que no se logró derribar la presunción de inocencia de los involucrados, a quienes se les acusaba por una situación ocurrida en mayo del 2023 en dicho recinto penitenciario.
Dado que el veredicto no dejó conformes ni a la Fiscalía ni a Gendarmería, ambas instituciones recurrieron a la Corte de Temuco para anularlo, acusando que hubo una errónea ponderación de las pruebas por parte del tribunal de Angol y que, además, la absolución cayó en fallas a las reglas jurídicas de la lógica.
Luego de revisar los argumentos expuestos, la corte resolvió rechazar ambos recursos, estableciendo en que “del examen de los considerandos del fallo antes analizados, queda en claro que el Tribunal enuncia y analiza la prueba producida por los intervinientes en el juicio, para llegar a la conclusión a que arribó, y lo hace en forma coherente y racional”.
“En cuanto al recurso de nulidad del querellante, si bien señala que se infringieron las reglas de la lógica, no indica cual es la regla de la lógica que resultó infringida. Además de lo anterior, la recurrente, si bien señala y transcribe prueba testimonial, la cual no fue valorizada por el tribunal; dicha aseveración no es efectiva toda vez que, si fue analizada y ponderada, según consta en los considerandos Vigésimo, Vigésimo Primero y Vigésimo Segundo; además de ser cotejadas con la aprueba de video de las cámaras que fueron aportados al juicio”, añade la resolución.
Con lo dictaminado por la Corte de Apelaciones de Temuco, se ratifica que, en este caso, la única condena recae en contra de Sergio Isaías Huentecol Melinao, quien fue sentenciado a 61 días de presidio menor, por el delito de maltrato de obra a gendarme.
Eso sí, existe la posibilidad de que esto aún pueda ser revisado por un tribunal superior, ya que las instituciones podrían recurrir ante la Corte Suprema.