La justicia ambiental dio por finalizada una pugna por el parque eólico San Andrés en Collipulli, después que la empresa responsable renunciara a la resolución que le daba luz verde para construir el proyecto.
Se trata de un litigio en el Tercer Tribunal de Valdivia, el que con una reclamación era encabezado por el municipio y respaldado por un conjunto de personas naturales mapuche, quienes desde el 2022 buscaban dejar sin efecto la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) por la cual se autorizó el parque.
Los argumentos para oponerse a la iniciativa argumentaban que, con la instalación de casi una veintena de aerogeneradores, existirían daños a la salud de las personas y alteración de sitios de significancia cultural y patrimonial, por lo que -alegaban- el proyecto requería un estudio de impacto ambiental para su aprobación, la que se había dado mediante una declaración de impacto ambiental por parte de la empresa.
El tribunal debía zanjar esta pugna, pero no fue necesario continuar tramitándola. Esto porque desde el propio proyecto presentaron una carta renunciando a la autorización del proyecto, misiva en la que no se entregaban los fundamentos de la decisión, pero sí se hacía presente que no existía un avance físico del parque eólico.
Teniendo este antecedente a la vista, el tribunal ambiental concluyó que “comparte la tesis de que en el caso de renuncia total de los derechos que emanan de la RCA se produce la pérdida sobreviniente del objeto del contencioso de anulación vinculado a ella, por verificarse un resultado práctico equivalente al que se obtendría de una eventual sentencia que acogiera el reclamo”.
En específico, la justicia ambiental puso término al proceso bajo la causal de pérdida sobreviniente del objeto de litigio.