La Corte de Apelaciones de Temuco rebajó las penas de un grupo de militares en retiro, quienes habían sido condenados por el asesinato de dos estudiantes, a inicios de la dictadura, en Angol.
Se trata de una resolución que viene a confirmar la culpabilidad de los otrora integrantes del Ejército, pero que modifica la cantidad de años de cárcel establecidos, en primera instancia, por el ministro en visita extraordinaria para causas de derechos humanos Álvaro Mesa.
El caso es el de los estudiantes Luis Raúl Cotal Álvarez y de Ricardo Gustavo Rioseco Montoya, quienes teniendo 14 y 22 años fueron ejecutados el 4 de octubre de 1973, en un hecho tipificado como homicidio calificado en carácter de lesa humanidad.
Condenados con penas rebajadas
Los antecedentes fueron revisados por el tribunal de alzada tras la presentación de una apelación, lo que finalmente se zanjó con un fallo con voto de mayoría, es decir, sin unanimidad de los ministros de la segunda sala de la corte.
En específico, se resolvió bajar de 19 años a 15 años y un día de presidio las condenas del entonces teniente Germán Eduardo Ojeda Bennett; los subtenientes Carlos Patricio Bunster Medina, Alejo César Tisi Gómez, Jorge Alberto Lagos Robles, Alessandro Ernesto Cartoni Pruzzo, Manuel Arturo Montero Souper, Eduardo Humberto Carrasco Hauenstein, y al cabo José Omar Correa Martínez, en calidad de autores.
Por su parte, la sentencia del otrora soldado conscripto Luis Alejandro Toledo Osses también bajó, pasando de 15 y un día de presidio a 5 años de cárcel.
El mismo fallo indica que los subtenientes Eduardo Humberto Carrasco Hauenstein y Gabriel Enrique Fuentes Campusano, el teniente Carlos Alberto Campusano Osorio, el cabo primero Mario Hernán Tapia Sepúlveda y el soldado conscripto José Liborio Lavín Leiva, deberán pasar 3 años y un día en la cárcel, en calidad de encubridores del doble asesinato.
El crimen
De acuerdo con la acreditado por la justicia, durante la noche del 4 de octubre de 1973 se habrían escuchado disparos que provenían desde el interior y el exterior del Regimiento Húsares de Angol, lo que movilizó al contingente militar a una bodega y una casa habitación ubicada al frente de la instalación castrense, inmuebles que fueron allanados.
La sentencia confirmada establece que el conscripto Toledo Osses llegó al lugar y vio a algunos uniformados. También se percató de la presencia de dos jóvenes quienes estaban de pie, sin ataduras y desarmados.
Las víctimas habían sido detenidas en casa de un familiar y en la vía pública, sin existir constancia de que fueran los responsables de los supuestos disparos
Momentos después, indica la sentencia, un mayor ya fallecido “dio la orden de disparar contra los jóvenes, que en esos momentos estaban de pie junto a un paredón de ladrillos, acatando la orden del superior y ejecutando a los muchachos, momento en que uno de los jóvenes les grita ‘cobardes’”. Todo esto fue observado por una joven, quien escuchó ruidos y se acercó a una muralla entre su domicilio y la bodega.
“Ubicaron los cuerpos en sacos al interior de un vehículo militar, observando la camisa blanca ensangrentada de uno de los jóvenes y trasladaron los cadáveres hasta el puente La Arcadia, lanzándolos al cauce del río Malleco, perdiéndolos de vista en la oscuridad de la noche”, se lee en el documento judicial.
Días después se dio aviso que los cuerpos de las víctimas habían sido vistos en el río, por lo que, establece el fallo ratificado, “condujeron los cadáveres sobre un vehículo hasta un sector del regimiento, donde fueron enterrados, sin tener hasta la fecha la certeza del lugar exacto de aquella inhumación”.
Según se estableció en la causa, a casi 52 años se desconoce el paradero de las víctimas y ningún efectivo del Ejército ha entregado información respecto de dónde están sus restos.
Por otra parte, en el ámbito civil, se confirmó indemnización de $300 millones a familiares de Cotal Álvarez, por concepto de daño moral.